semb

Preguntado por semb

Hola a todos:No entiendo bien la normativa de la seguridad social ante las pensiones por incapacidad permanente absoluta.Es inflexible,arbitraria,etc...
Porque no se admite la reincorporación a un puesto de trabajo sin perder la pensión?
Entiendo con ello que con una Incapacidad Permanente Absoluta uno queda excluido definitivamente del mercado de trabajo.Es esto así?Muchas Gracias de antemano.

Respuestas

vicenvas5
vicenvas5 respondió:

Hola rosemary : en el comienzo de mi anterior respuesta a tu pregunta , digo : ( (incapacidad permanente absoluta para todo trabajo) , lo cual si es para todo trabajo , no queda mucho que añadir . Ahora bien , si el tipo de minusvavia es de menos del 33% tienes derecho a seguir cobrando una parte de la pension mas seguir trabajando pero en otra actividad que no sea la anterior , por que supuestamente si te la han concedido y en ese momento estando trabajando aunque de baja medica , teoricamente es que no podias trabajar por el motivo que fuera en tu puesto de trabajo en ese momento lo cual no quiere decir que en otro pudiera ser que si al no ser tanta responsabilidad o riesgo .
Como ves es completamente coherente y confuso a su vez pero asi es. Y en esto de las enfermedades que padecemos es a demas hasta normal que te den la primera que mencione , la razon es completamente normal que si la conceden sea del 100% por 100% y no pueda trabajar absolutamente en nada , pues los alti bajos no podemos tener una regularidad en productividad por ejemplo ,o no ser nada asertivo con la clientela estando cara al publico , si de ello se tratara..
Por otro lado ,te dire que en la primera sentencia del tribunal medico ,ellos estan valorando lo que a ti pueda hacerte la vida menos dolorosa posible , siempre que halla unos informes que lo acrediten, pues en ello se basan ,tambien te dire que hay al final de la misma , la opcion de que en el plazo de un mes , podras recurrir en el caso de que la sentencia no sea de tu conformidad .

Espero que halla resuelto tus dudas al respecto , esto es asi como funciona , en ocasiones se la conceden a quien no la necesita y a la inversa , ellos como personas que son tambien tienen equivocaciones como todo hijo de vecino .

Ten encuenta que esto solo son las reglas o pautas a seguir ,y que cada persona somos mundos diferentes , y nos afectan en diferente grado .

Como muy bien dice el gabinete del dr. Romeu y asociados la exclusion definitiva no lo es , aun estado concluida siempre dependede ti y de como te encuentren . La seguridad social estaria encantada que todos estubieramos cotizando .

En cuestion de quien te ayuda a la tramitacion , , lo normal seria la asistente social de tu centro de salud , te da las pautas a seguir , no obstante y ademas de que ella te informe , debes ir al miniterio nacional de la seguridad social , pues te diran y daran todos los impresos que debes llebar entre y el plazo de entrega , que tambien le hay .

Espero te sea util mi modesta experiencia en este menester , ten nos al dia .

Mucha salud y suerte. ( perdon por el rollazo , que se que lo es).

vicenvas5
vicenvas5 respondió:

Casualmente hace un mes aproximadamente , me llamaron de la s.S por tlf. , algo inusual pues lo mas normal es enviar una carta . La hora todavia menos inusual pues fue sobre las 4 de la tarde , mas inusual fue la cita para el dia siguiente . Con todo esto lo que pretendo decir es tan solo que quede sorprendido , pero ellos sabran como y por que lo hacen del modo que menos te lo esperas . Al dia siguiente antes de ir a la cita con la s.S fui a ver a mi psiquiatra , le comente lo sucedido , mas me comento que seria un control rutinario , a lo cual le dije con documentacion en mano que segun los informes devieran hacer tal control apartir del año en curso en el mes de diciembre . No obstante , al ir la persona que me atendio , fue la misma inspectora que me atendio la primera vez , muy atenta y agradable . Estubimos bastante tiempo hablando , mas bien ella preguntaba y yo respondia , maxime la comente nada mas entrar , que yo no habia solicitado nada y fue ella quien me comunico de lo que se trataba era un control rutinario .
A la semana siguiente me llego una carta , diciendome :

Reunido el equipo de valoracion de incapacidades de esta direccion provincial del instituto nacional de la seguridad social , y visto el informe medico de sintesis respecto del trabajador ( yo) de profesion ( x) nacido (x) declarado con fecha ( x) afecto de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo derivada de enferme dad comun , siendo sus lesiones : trastorno bipolar , episodio actual hipomaniaco.Cefela tensional/ abuso de ergoticos .
Situacion similar a valoracion anterior .

Este equipo de valoracion de incapacidades, una vez cotejados los cuadros patologicos descritos ,

Propone a la direccion provincial del instituto nacional de la seguridad social [Datos suprimidos por moderador. Causa: datos personales], se declare que el trabajador referido continua afecto de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo derivada de enfermedad comun. Se podra instar revision por agravacion o mejoria a partir de( xxxxx) .

La directora provincial del instituto nacional de la seguridad social acepta integramente el contenido de este dictamen propuesta elevandolo, en el dia de la fecha a definitivo .

[Datos suprimidos por moderador. Causa: datos personales]

A esta carta , añado como en ocasiones creo ( 2 o3) , que anterior a esta , estube de baja de larga duracion aproximadamente cerca de un año , tuve la sensacion de estar muy bien , incluso mejor que nunca , me confie empece a trabajar , seguramente mas de lo normal en un periodo de tiempo corto , pues termino el trabajo empalme con otro mas o menos y empece de nuevo a retroceder con mi salud falta de sueño , irritabilidad , irascibilidad todo esto a consecuencia del propio extres mas la cefalea migrañosa cronica que ahora se con apellido y todo .
Pienso , a la pregunta que refieres compañera , que he de decirte que no hay un patron a seguir pues depende como te vean cuando y quien , personalmente a mi me lo denegaron la primera vez , hace muchos años , pero hay que quejarse cuando realmente duele .

Un saludo y salud que falta nos hace .

rosemary
rosemary respondió:

SÍ, gracias, la conozco, pero me regfería a que en el video parece ser que es una colectivo que te ayuda a tramitarlo exclusivamente para trastornos de bipolaridad y segun el mismo video, el hecho de padecerlo ya da lugar a una incapacidad laboral.

tengo otra duda, en el caso de concederte una incapacidad laboral conuna pension menor a lo que te esperabas, se podría rechazar? en el caso de estar de alta seguir trabajando?
gracias otra vez

Puedo Ser
Puedo Ser respondió:

En esta página de la Seguridad Social puede ver un esquema resumen de los tipos de incapacidad y los trámites que se deben seguir:

Pensión de Incapacidad Permanente

Es recomendable que se acerque a la asociación de trastorno bipolar más cercana a su localidad.

rosemary
rosemary respondió:

hola a todos,
he decidido que voy a cursar petición para la incapacidad.
he visto el vídeo sobre "los derechos de las personas con trastorno bipolar" de puedo ser, pero no me queda claro quienes son los que te ayudan a cursar los tramites...podrías echarme una mano a ver si me aclaro un poco? os paso el link donde el psiquiatra habla con certeza que tener trastorno bipolar es causa de incapacidad..

muchas gracias

http://www.puedoser.es/blog/puedo-ser/los-derechos-de-las-personas-con-t...

vicenvas5
vicenvas5 respondió:

Como bien dice , incapacidad permanente absoluta , hay que añadir el para todo trabajo . Esto quiere decir que pasados 4 años desde que estas cobrando directamente de la seguridad social , y sin contar el tiempo que pudieras haber estado de baja por la misma causa en la mutua correspondiente , y con los controles en todo este tiempo si tu no mejoras lo suficiente como para reincorporarte al trabajo segun su dictamen , o en su defecto que tu lo solicites directamente, una vez pasado por el tribunal, todo este tiempo si mejoras , es completamente licito que te retiren la pension siempre y cuando estes en actvo y cobrando un sueldo y su vez cotizando enla seguridad social . Otra cosa seria que volvieras a recaer y volver a solicitarlo como es de ley que te volvieran a concederlo .
Pienso que estoy en lo cierto , por lo menos asi me esta sucediendo a mi , mas mi psiquiatra ,en cierta ocasion y respecto al poder un dia trabajar se puede solicitar pero ciertos requisitos que te he comentado anteriormente , y dada la situacion del mercado laboral , y particularmente la situacion de cada uno , me refiero a la salud es casi por no decir imposible que todo al mismo tiempo coincida positivamente , te comento pues lo vivi y duro muy poco el trabajo , mas mi salud retrocedio abismalmente, no pretendo a nadie quitarle las ganas pero si que lo piense muy mucho , a veces valoramos mas lo menos importante, que somos nosotros mismos .
Si lo haces cuentanos como te va , te deseo mucha suerte.

Juan  Romeu Bes
Juan Romeu Bes respondió:

En el caso de producirse curación, puede pedirse la revisión de la incapacidad. Si se acredita tal curación, la incapacidad es anulada y la persona puede volver al mundo del trabajo.

La exclusión, por tanto, no es definitiva.

Gabinete Dr. Romeu y Asociados

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